Si tienes una masía o una bodega puedes solicitar esta exención de cotización

Si tienes una masía o una bodega puedes solicitar esta exención de cotización

El INPS ha anunciado que se podrá presentar la solicitud de exención aportada para el sector agropecuario a partir del 4 de abril y hasta el 4 de mayo. Podrá acceder al alivio del mes de febrero de 2021 solo si está en posesión de ciertos códigos Ateco



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La exención de cotizaciones de la que hablamos, facilidad que introdujo el artículo 70 del DL Sostegni bis, atañe a las empresas pertenecientes a los sectores agroturístico y vitivinícola que tienen derecho a la exención del pago de las cotizaciones a la seguridad social correspondiente al mes de febrero de 2021 .



Nell''artículo 70 del Decreto Legislativo n. 73 de 2021 leemos que:

Con el fin de asegurar la protección productiva y laboral de las cadenas productivas agrícolas pertenecientes a los sectores agroturístico y vitivinícola y contener los efectos negativos de la persistencia de la epidemia de COVID-19, a las empresas pertenecientes a las mencionadas cadenas productivas, incluidas las vitivinícolas y se reconoce a los productores de cerveza, identificados mediante los códigos ATECO a que se refiere la tabla E anexa al presente decreto-ley exención del pago de las cotizaciones a la seguridad social y al bienestar, con exclusión de las primas y contribuciones adeudadas al INAIL, por la parte que corresponde pagar a los empleadores por la pago mensual de febrero de 2021. La exención se reconoce dentro de los límites de la cotización exigible neta de otras concesiones o reducciones en las tasas de financiación del régimen obligatorio de seguridad social, previstas por la legislación vigente y exigibles en el período de referencia de la exención.

Quién puede aplicar

Pueden solicitar la exención los trabajadores por cuenta propia de las cadenas de suministro agrícola de los sectores agroturístico y vitivinícola, incluidos los productores de vino y cerveza, pero también aquellos que tengan agroturismos o actividades de restauración adscritas a las explotaciones.

En concreto, podrán presentar la solicitud los trabajadores autónomos que posean los siguientes Códigos Ateco:

  • 01.21.00 - Cultivo de la uva
  • 11.02.10 - Elaboración de vinos de mesa y vcprd de calidad
  • 11.02.20 - Elaboración de vino espumoso y otros vinos especiales
  • 11.05.00 - Producción de cerveza
  • 55.20.52 - Actividades de alojamiento relacionadas con explotaciones agrarias
  • 56.10.12 Actividades de restauración vinculadas a explotaciones agrarias

Cuándo y cómo presentar la solicitud

Recientemente se prorrogó la solicitud de exención de aportes para la cadena productiva agropecuaria, el inicio estaba previsto para el 27 de marzo pero el INPS ha hecho saber que se podrá proceder con el envío a partir de las 9 de la mañana del 4 de abril en adelante. a las 23.59 horas del 4 de mayo de 2022.



La solicitud debe completarse en línea utilizando el formulario electrónico "Exención Art. 70 DL n. 73/2021”, disponible en el sitio web del INPS. Esto se puede encontrar para los empleadores en el "Portal de Beneficios" y para los trabajadores autónomos en el "Plan de pensiones de autónomos en la agricultura", en la sección "Comunicación bidireccional".

El Inps en su comunicado especifica que:

Con referencia a los trabajadores por cuenta propia, se especifica que en el formulario de solicitud electrónica se mostrará la cantidad precalculada en base a los datos del archivo correspondiente al mes de febrero del año 2021 sin tener en cuenta las cantidades reconocidas provisionalmente conforme al artículo 1, párrafos del 20 al 22-bis, de la ley de 30 de diciembre de 2020, n. 178, considerando que el uso de la exención está sujeto al resultado positivo de los controles posteriores previstos por la legislación pertinente (ver mensaje nº 3974/2021).

También existe la posibilidad de que lo soliciten los herederos. En este caso, el INPS destaca que:

la solicitud de herederos debe ser enviada por correo certificado a la Dirección Provincial/Sede Metropolitana mediante el formulario “SC98”, denominado “Solicitud de exención de herederos del titular del puesto de cotización en la Gestión Especial de trabajadores por cuenta propia en la agricultura , de conformidad con el art . 70 del Decreto Legislativo n. 73/2021”, disponible en el sitio web del Instituto (www.inps.com) en la siguiente dirección: “Desempeño y servicios” > “Módulos”.


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Fuente: INPS

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