Publicidad engañosa y agresiva: de la Autoridad de Defensa de la Competencia multa de 450 mil euros por mascarillas U-Mask

Publicidad engañosa y agresiva: de la Autoridad de Defensa de la Competencia multa de 450 mil euros por mascarillas U-Mask

U-Mask, de la Autoridad de Defensa de la Competencia, multa de 450 mil euros por publicidad engañosa a las dos empresas que vendían las populares mascarillas


Agregue noticias sobre las máscaras faciales enormemente populares Máscara U. La investigación iniciada por la Antimonopolio contra U-Earth Biotech y Pure Air Zone Italia, las dos empresas que habían lanzado al mercado la mascarilla de tela U-Mask. Según la AGCM, las dos empresas equipararon indebidamente la U-Mask con Dispositivos FFP3, además de haber presumido de la aprobación por parte del Ministerio de Salud, en realidad inexistente. En pocas palabras: publicidad engañosa y agresiva.




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Publicidad engañosa y agresiva que ha puesto en riesgo la salud de los consumidores 

Sí, desde hace más de un año, las dos empresas patrocinan en Internet las mascarillas quirúrgicas biotecnológicas "U-Mask" (en las versiones "Modelo 2", "Modelo 2.1" y "Modelo 2.2"), registradas como dispositivos médicos, atribuyéndoles ellos cualidades adicionales, por ejemplo, propiedades virucidas y una eficacia de 200 horas, certificada en base a pruebas realizadas de forma independiente. No solo. Hasta el pasado mes de febrero, las condiciones generales del contrato estaban disponibles exclusivamente en inglés y se reclamaba una inexistente aprobación de la mascarilla por parte de la Ministerio de Salud e Instituto Nacional de Salud.

Se trata de una práctica llevada a cabo de forma engañosa y agresiva, ya que es susceptible, por un lado, de engañar a los consumidores sobre la capacidad protectora efectiva de la mascarilla, poniendo en peligro su salud -explica la Autoridad Italiana de Competencia de Mercado- y, por otro por otra parte, aprovechar la situación de emergencia sanitaria para inducir indebidamente a estos últimos a adquirir el producto, en contravención de los artículos 20, 21, párrafo 1, letra b), y 3, 22, 23, párrafo 1, letra d), 24 y 25, párrafo 1, letra c) del Código de Consumo.

Pero la mala conducta de las dos empresas no se limita a esto. También hasta finales del pasado mes de febrero, las dos empresas incumplieron la normativa sobre información precontractual al consumidor en los contratos a distancia, no facilitando las indicaciones previstas en cuanto a las modalidades de ejercicio del derecho de desistimiento del consumidor, la garantía legal de cumplimiento. y la posibilidad de utilizar un mecanismo extrajudicial de quejas y recursos.


En vista de la gravedad y duración de las infracciones al Código del Consumidor y también del elevado número de consumidores involucrados, una sanción igual a 400.000 euros por prácticas comerciales desleales y otra multa de 50.000 euros por conducta ilegal relativas a los derechos del consumidor en los contratos.


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Fuente: AGCM

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