Maxiajustes en la factura de la luz: prescrito en 2 años. Cómo disputar facturas indebidas

Maxiajustes en la factura de la luz: prescrito en 2 años. Cómo disputar facturas indebidas

Adiós a las grandes facturas. Aunque pocos lo sepan, a partir de marzo de este año si nos encontramos ante los costosos ajustes plurianuales en la factura de la luz, tendremos derecho a pagar sólo los 2 últimos años. Desafortunadamente, sin embargo, no todos los vendedores han informado correctamente a los ciudadanos y también sucede que solicitan ajustes que exceden el período de dos años requerido por la ley.



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Adiós a las grandes facturas. Aunque pocos lo sepan, a partir de marzo de este año si nos encontramos ante los costosos ajustes plurianuales en la factura de la luz, tendremos derecho a pagar sólo los 2 últimos años. Desafortunadamente, sin embargo, no todos los vendedores han informado correctamente a los ciudadanos y también sucede que solicitan ajustes en exceso del período de dos años requerido por la ley.



Esta es la prescripción de 24 meses que introdujo la Ley de Presupuestos de 2018 frente a los 5 años anteriores. Para proteger a los ciudadanos, la Autoridad de Electricidad (Arera), en los últimos días, ha enviado un nuevo comunicado a los comercializadores de electricidad, obligándolos a informar a los ciudadanos mediante el envío de un comunicado junto con la factura. En particular, se debe especificar que no se pueden solicitar ajustes por consumos estimados que se remontan a más de dos años.

Este aviso de los vendedores debe llegar al menos 10 días antes de la fecha límite de pago.

De conformidad con el art. 10.3 del Anexo A de la resolución 501/2014/R/com, explica la arera que los vendedores deberán escribir en negrita el siguiente mensaje en todos los billetes emitidos hasta el 31 de diciembre de 2018:

"A partir del 1 de marzo de 2018, si recibe una factura que contenga montos de consumo que se refieran a períodos que hayan transcurrido al menos dos años, puede impugnarlos y no pagarlos, en aplicación de la Ley de Presupuesto de 2018 (Ley n. 205/ 17). Su vendedor está obligado, junto con esta factura y en cualquier caso al menos 10 días antes de la fecha límite de pago, para informarle con el fin de facilitarle el ejercicio de este derecho. Para más información llame al número gratuito de la Autoridad Reguladora de Energía, Redes y Medio Ambiente (ARERA) 800 166 654”.

Desafortunadamente, no todos los ciudadanos conocen este nuevo derecho y cómo ejercerlo. Por ello, ha ocurrido que algunos operadores han seguido solicitando ajustes aún más antiguos, relativos a periodos de más de dos años.

¿Qué hacer si hemos recibido un saldo de más de dos años en la factura?

En este caso, se debe seguir un procedimiento muy específico para disputar la factura. En primer lugar, comprobamos el periodo de referencia y el consumo en la factura para comprobar que hay coherencia entre lo que muestra el contador y lo que indica la factura. En ese momento, enviamos una queja por escrito a nuestro operador por carta certificada con acuse de recibo y esperamos una respuesta de este último, que debe recibirse dentro de los 50 días.



Si no llega en dicho plazo o si la respuesta se considera insatisfactoria, acudiremos a la conciliación online. Pasamos a la conciliación en línea mediante resolución extrajudicial con la Autoridad de Energía.

“Este es un paso obligatorio antes de emprender acciones legales, y solo después si no llegas a un acuerdo o no estás satisfecho con el alcanzado, vas a ir ante el Juzgado de Paz, que sin embargo tiene un costo y un tiempo mucho más largos. " explica Códigos.


Presta atención y comprueba que en la siguiente factura se muestra la redacción correcta pero, sobre todo, comprueba, en caso de ajuste plurianual, que no supere los dos años.


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francesca mancuso

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