Incentivos fotovoltaicos: retroceso en el artículo 65 en la liberalización dl

    Incentivos fotovoltaicos: retroceso en el artículo 65 en la liberalización dl

    Del artículo 65 del decreto liberalizador desaparecen los elementos de retroactividad en cuanto a los incentivos fotovoltaicos para suelo agrícola, y desaparece también el apartado que equiparaba los invernaderos fotovoltaicos a los sistemas sobre edificación


    Está a punto de acabar atropellado, su madre lo salva

    Decreto de liberalización, eliminó el elementos de retroactividad del discutido artículo 65 que regula las inversiones vinculadas a fotovoltaica en terrenos agrícolas. Los operadores del sector dan un suspiro, que a través de la asociaciones habían hecho oír su voz contra lo que se había llamado el "estándar anti-fotovoltaico".




    De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 65 hasta ahora, para la fotovoltaica en zonas agrícolas ya no habría existido la posibilidad de acceder a los incentivos previstos por la Cuarta Cuenta de la Energía, derogando efectivamente lo dispuesto en el artículo 10 del Decreto Legislativo de 3 de marzo de 2011 que otorgaba a los productores un año para poner en funcionamiento la sistemas fotovoltaicos en los campos cuyo proceso ya había iniciado.

    Debe recordarse que el decreto romaní Hace un año fijó el límite de 1 MWp y 10% del uso de suelo, pero sólo para plantas que entren en operación después del 28 de marzo de 2012. El art. 65 del decreto de liberalización, en su anterior formulación, eliminó en cambio esta condición y tuvo efecto retroactivo bloqueando efectivamente los incentivos para plantas que no hayan entrado en operación al 24 de enero de 2012. Ahora hay una condición: la planta debe entrar en operación dentro de los días 60 a partir de la fecha de entrada en vigor de la ley que convierte el decreto. Una victoria a medias para los conocedores del sector.

    Además, se autorizaron las instalaciones sobre invernaderos. Pero ahora, los nuevos cambios introducidos en la maxi-enmienda han anulado el párrafo que equiparaba la invernaderos fotovoltaicos a los sistemas en los edificios. Así lo estableció la Comisión de Industria del Senado, que ayer dio luz verde al decreto de liberalización con sus 1.700 reformas presentadas, que pronto podría convertirse en ley.

    De acuerdo con lo que se lee en el documento, a partir de la entrada en vigor de la ley, el artículo 65 dispone en primer lugar que “no se permite el acceso a los incentivos estatales a los sistemas solares fotovoltaicos con módulos colocados en el suelo en zonas agrícolas a que se refiere el inc. el decreto legislativo 3 de marzo de 2011, n. 28". Pero con una salvedad: de hecho, este apartado no se aplicará “a las plantas construidas y por construir en terrenos en disponibilidad de propiedad militar del Estado y a las plantas solares fotovoltaicas con módulos ubicados en el suelo para ser instaladas en áreas calificadas como agrícolas”. a la fecha de entrada en vigor de la ley de conversión de este decreto, que hayan obtenido la calificación a la fecha de entrada en vigor de la ley de conversión de este decreto, siempre que en todo caso la planta entre en funcionamiento dentro de los 180 días siguientes a la fecha de entrada en vigor de la ley de conversión del presente decreto”.



    Sin embargo, la situación que se presentó hace unos meses es diferente a la realidad. De hecho, el Ministro de Medio Ambiente Clini había anunciado nuevas medidas para fomentar la agricultura y eliminar la PV de tierras destinadas a cultivos, según ha confirmado el ministro de Políticas Agrarias, Mario Catania.


    francesca mancuso

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