Cuarta cuenta de energía: el certificado antimafia es obligatorio para solicitar incentivos fotovoltaicos

    Cuarta cuenta de energía: el certificado antimafia es obligatorio para solicitar incentivos fotovoltaicos

    En una nota en su página web, la Gestora de Servicios Energéticos anunció la obligatoriedad de presentar la certificación antimafia para quienes se beneficien de los incentivos vinculados a la Cuarta Cuenta Energética


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    Los procedimientos para la presentación de la certificado antimafia, para los que han solicitado los incentivos col Cuento de la Cuarta Energía.




    Según lo que se lee en la página web de la GSE, los sujetos que presentarán una solicitud para acceder a los incentivos a que se refiere el Decreto Ministerial 5 de mayo de 2011, es decir, haciendo uso de la Cuento de la Cuarta Energía, deberá presentar obligatoriamente la certificado antimafia expedido por la Prefectura o por la Cámara de Comercio, Industria, Artesanía y Agricultura de la Provincia en que tengan su sede los solicitantes, con la redacción Anti-mafia, de conformidad con lo dispuesto en el art. 67 del Decreto Legislativo. norte. 159 de 2011.

    A continuación, los certificados deben enviarse a la GSE. dentro de seis meses desde su lanzamiento. Pero hay categorías que aún quedan. exentos de la obligación de presentar del certificado antimafia.

    I entidades publicas que sea una administración pública, un organismo público, un organismo y una empresa fiscalizada por el Estado o por otro organismo público, una empresa o empresa en todo caso controlada por el Estado o por otro organismo público así como un concesionario de obras públicas;

    Las personas físicas, incluidas las personas físicas, cuyos órganos de representación y aquéllos con funciones de administración y control estén sujetos, por ley o reglamento, a la verificación de requisitos particulares de integridad como para excluir la existencia de alguna de las causas de suspensión, caducidad o prohibición a que se refiere el citado artículo 67;

    Los sujetos que ejercen actividad agrícola o profesional, no se organicen en forma de empresa o realicen actividades artesanales en forma de empresa individual y trabajo por cuenta propia, incluso intelectual, en forma individual;


    Los beneficiarios de incentivos cuyo valor total, incluidos los incentivos referidos a otras plantas, no supera los 150.000 euros. En este caso, de acuerdo con la GSE, el valor total de los incentivos debe estimarse multiplicando el valor unitario de la tarifa de incentivos considerando las bonificaciones e incrementos por la producibilidad anual, coincidiendo con lo indicado en la ficha técnica final de la planta. , durante los veinte años de duración del incentivo.



    y si el certificación antimafia? La consecuencia sería la no admisión al sistema de incentivos previsto por la Cuento de la Cuarta Energía.

    Desde aquí puedes descargar el modelo de declaración de exención de la obligación.

    francesca mancuso

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