Bono primera vivienda menores de 36 años, se viene una ampliación de los plazos para aprovechar el beneficio

Bono primera vivienda menores de 36 años, se viene una ampliación de los plazos para aprovechar el beneficio

Bono primera vivienda: ¿cómo funciona la prestación para jóvenes menores de 36 años y con un ISEE no superior a 40 mil euros?

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Importante noticia en el horizonte para los jóvenes interesados ​​en comprar una propiedad, aprovechando el subsidio estatal conocido como “bono primera vivienda”. Todos los que tengan derecho al bono durante 2022 podrán respirar tranquilos. De hecho, las Comisiones de Presupuesto y Asuntos Constitucionales de la Cámara aprobaron una modificación del texto del decreto Milleproroghe 2022 que amplía el plazo del 31 de diciembre de 2021 al 31 de marzo de 2022. El aplazamiento nació de la necesidad de facilitar a los más jóvenes, ayudándoles para hacer frente a la crisis provocada por la pandemia.





Solo pueden solicitarlo los hijos que no hayan cumplido 36 años (compradores que, en el año natural en que se estipula la escritura de traducción, no hayan cumplido 36 años) y que presenten un Isee no superior a 40 mil euros. Otro requisito: la compra de una vivienda antes del 30 de junio de 2022.

Según la circular nro. 12/ Y quien obtendrá el bono será exentos del pago del impuesto de registro, hipoteca y catastro. Además, también se prevé el reconocimiento de un crédito fiscal en caso de compra sujeta a IVA, mientras que la nueva bonificación también se aplica a los enseres del inmueble subvencionado, como los garajes.

El bono “Prima casa menores de 36” prevé también la exención del impuesto sustitutivo para los préstamos concedidos para la adquisición, construcción y rehabilitación de viviendas. Por otro lado, la facilidad no es aplicable a los contratos preliminares de compraventa, ya que se proporciona únicamente para la traducción o escrituras de constitución a título oneroso.

Requisitos para acceder al nuevo Bono "Primera Vivienda Menores de 36"

El bono está reservado para personas que:

  • no han cumplido aún 36 años de edad en el año en que se protocoliza la escritura. Al respecto, la circular de la Agencia Tributaria da dos ejemplos:
    - Tizio, que formalizará una escritura de compraventa de un inmueble para uso residencial en octubre de 2021 y cumplirá 36 años en diciembre de 2021, no se beneficiará de la concesión;
    - Caio, que formalizará la escritura de compraventa de un inmueble para uso residencial en octubre de 2021 y cumplirá 36 años en enero de 2022, se beneficiará del beneficio si se cumplen los demás requisitos reglamentarios.
  • tener un valor del indicador de situación económica equivalente (Isee) no superior a 40 mil euros anuales
  • además, el contribuyente, en el momento de firmar la escritura, deberá declarar que tiene un valor de Isee no superior a 40 mil euros y que está en posesión de la correspondiente certificación en vigor (o que ya la ha solicitado en fecha anterior o al menos contextual a la firma de la escritura)

Nuevo #bonus prima #casa para menores de 36 años, lista la #circular de la Agencia con las instrucciones sobre las concesiones introducidas por el #Decreto #Sostegnibis para #jóvenes con Isee hasta 40 mil euros anuales que compren la vivienda antes de los 30 Junio ​​de 2022 https://t.co/8SpiXiDLi2 pic.twitter.com/EWVu9i6pNY



— Agencia Tributaria (@Aenzia_Entrate) 14 de octubre de 2021

Contratos preliminares de compraventa y subastas judiciales

La circular también se enfoca en los contratos preliminares de compraventa, que no pueden disfrutar de las nuevas concesiones ya que la ley se refiere únicamente a escrituras traslativas o constitutivas a título oneroso.

Queda entendido que, en presencia de las condiciones legales, después de la firma del contrato de venta final, es posible presentar una solicitud formal de reembolso para la recuperación del impuesto proporcional pagado por anticipos y anticipos de conformidad con el artículo 77 de la TUR. Finalmente, luz verde para las propiedades compradas a través de una subasta judicial, que aún pueden acceder al beneficio.

AQUÍ puedes encontrar la circular completa.


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Fuente: Agencia Tributaria

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